El condado de Richland aceptará solicitudes de asistencia de alquiler de emergencia a partir del 5 de abril

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COLUMBIA, SC – Además de la tensión en el sistema de atención médica, la pandemia de COVID-19 también ha afectado la capacidad de algunas personas para pagar el alquiler. El lunes, el condado de Richland anunció que, a partir del 5 de abril, comenzará a aceptar solicitudes para su Programa de asistencia de alquiler de emergencia. El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos otorgó al condado $ 12.5 millones para ayudar a los inquilinos afectados por COVID-19.

El programa proporciona hasta 12 meses de asistencia para el alquiler y los servicios públicos, más tres meses adicionales si hay fondos disponibles.

Los funcionarios del condado alientan a los que solicitan a hacerlo en línea, ya que es más rápido y podrá cargar más fácilmente los documentos necesarios a través del portal en línea. Puede solicitar asistencia para el alquiler en línea directamente oa través del sitio web del condado de Richland.

Aquellos sin acceso a Internet también pueden solicitarlo llamando al 855-216-9198. Los funcionarios del condado dicen que esta línea telefónica estará abierta de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. y los sábados de 8:30 a.m. a 12:30 p.m.

Si desea enviar su solicitud en persona, puede programar una cita para el 5 de abril o después de esa fecha visitando www.richlandcountysc.gov/all-appointments o llamando al 803-576-1513.

La Biblioteca de Richland también ofrece asistencia en persona para completar una solicitud. Puede programar una cita para recibir ayuda llamando al 803-509-8371, enviando un mensaje de texto al 803-386-8606 o enviando un correo electrónico a socialworker@richlandlibrary.com.

Según los funcionarios, debe proporcionar la siguiente documentación e información cuando presente la solicitud:

Nombre e información de contacto
Dirección (los solicitantes domésticos deben residir en una propiedad de alquiler dentro del condado de Richland)
Estado (¿inquilino o arrendador?)
Copia de un contrato de arrendamiento aplicable o auto-atestación en ausencia de un contrato de arrendamiento
Ingresos del hogar [debe ser inferior al 80% del ingreso medio del área (AMI)]
Estado de pago de alquiler / servicios públicos
¿En mora o prospectivo?
Impacto de COVID-19
¿Hay dificultades económicas? ¿Cómo?
¿Existe riesgo de falta de vivienda o inestabilidad de la vivienda? ¿Cómo?